martes, 3 de abril de 2012

LEY, ... y comportamiento.

Ley en Chile definida así por Andrés Bello en el Artículo 1° del Código Civil, la señala como “declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite”. Asimismo es cierto que para toda dificultad o problemática social o de la índole que sea, inmediata e instintivamente proponemos la promulgación de una Ley. En consecuencia, todo el aparataje normativo y legal, está estructurado por la “constante” promulgación de leyes, modificaciones articulares, resoluciones, decretos, etc., cuyo efecto y aplicación en definitiva a su vez, no garantiza que sucesos de diversa naturaleza sean penalizados o sancionados efectivamente, cuestión que por defecto será atribución y privilegio solamente de un tribunal.

Ahora, las conductas humanas definitivamente no pueden regirse por leyes. Las claras, evidentes y observables como: caminar, hablar, gesticular, mirar con diferentes intenciones, etc., son imposibles de establecer en una normativa de la índole que sea. Entonces, el debate sobre la discriminación, es irremediablemente transversal a las conductas o comportamientos. Por tanto una regla prohibitiva, permisiva, o un mandato, pasan aquellos por los comportamientos formativos, morales, religiosos, y éticos propios a cada cual.

Definitivamente en el mundo: habemos feos, habemos bajos, habemos algunos sin poder adquisitivo y otros muy enriquecidos, habemos gordos, habemos flacos, habemos algunos con la nariz demasiado grande, la nariz demasiado pequeña, las piernas demasiado delgadas, los brazos muy gruesos, el cabello crespo, liso y habemos también calvos, habemos extranjeros y habemos de otro sitio en nuestro propio país, habemos etnias, y habemos en todo orden de cosas diferentes tipos de personas. Calificar a las personas es nuestra debilidad innata (y para no pocos un deporte), algunos somos crueles es innegable, asimismo también muchas veces en contexto del humor reímos sobre algunas situaciones que se podrían calificar como discriminatorias, pero si fuéramos estrictamente equitativos e igualitarios, no existirían entonces las diferencias humanas, sociales, económicas, rankings, jerarquías, niveles, ni de ninguna especie. En conclusión: estamos divididos por una u otra razón, ... estamos divididos.

En la práctica, no existe una Ley que prohíba, mande o permita: un abrazo, tomarse de la mano, un beso, o un beso apasionado e intenso con exceso afectivo de una pareja en un lugar público, quizás sea incómodo para quienes lo presencian (para la generalidad pues siempre pueden haber excepciones). Seguramente el hecho algunos lo considerarán “chocante”, otros lo encontrarán “normal”, otros se alegrarán incluso “sabiendo los motivos”, y para otros será una circunstancia sin mayor interés y lo verán nada más como un hecho fortuito. El asunto es saber qué conducta tendrá Ud. cuando las minorías sexuales ocupen espacios y conductas similares al alero de la ley antidiscriminación, y luego sea frecuente, y luego sea cotidiano. Sin lugar a dudas queda mucho “paño por cortar”, y solo el equilibrio del péndulo permitirá que éste siga su trayecto de ida y regreso sin detenerse.

La diversidad merece categóricamente la tolerancia de todos y cada uno de los integrantes de la Sociedad. Pero a mi juicio, es importante no olvidar que la diversidad también POSEE EN TODA DIRECCIÓN extremos repudiables.

Conducta: es la manera con que los hombres y mujeres se comportan en su vida y acciones. Se refiere a las acciones de las personas en relación con su entorno o con su mundo de estímulos. A su vez se divide en tres áreas: Mente (que incluye actividades como pensar, soñar, etc.), Cuerpo (comer, hablar), y Mundo Externo (concurrir a una cita, hablar con amigos).